
En este artículo
Respuesta rápida
- El I-94 es el registro de entrada y salida que CBP crea al admitirte en Estados Unidos: dice en qué categoría entraste y hasta qué fecha puedes quedarte.
- Si llegas en avión o barco, se crea solo y no pagas nada aparte. En la frontera terrestre cuesta $30 desde el 30 de septiembre de 2025 (antes eran $6).
- Puedes pedirlo en línea en i94.cbp.dhs.gov hasta 7 días antes de cruzar, y consultarlo o imprimirlo en la misma web.
- Los mexicanos con visa láser que se quedan en la zona fronteriza (25 millas, 55 en Nuevo México y 75 en Arizona) un máximo de 30 días no lo necesitan.
- Para quedarte más tiempo se pide una extensión con el formulario I-539 ($470 en papel o $420 en línea) antes de que venza el I-94.
El permiso I-94 cuesta $30 si entras a Estados Unidos por la frontera terrestre, y no pagas nada aparte si llegas en avión o barco. Hasta el 30 de septiembre de 2025 costaba $6, pero la ley HR-1 añadió un recargo de $24. El I-94 es el registro de entrada y salida que crea la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) al admitirte: dice en qué categoría entraste y hasta qué fecha puedes quedarte. En la frontera terrestre puedes pedirlo en línea hasta 7 días antes de cruzar en i94.cbp.dhs.gov.
Tarifas oficiales de CBP (Federal Register, octubre de 2026) y de USCIS (tabla G-1055 del 16 de octubre de 2026).
Cuánto cuesta el I-94 y los trámites relacionados
| Trámite | Precio |
|---|---|
| I-94 al entrar en avión o barco | Sin cargo aparte: se crea automáticamente |
| I-94 en la frontera terrestre (en línea o en persona) | $30 ($6 + $24 de la ley HR-1) |
| Extensión o cambio de estatus (formulario I-539) | $470 en papel o $420 en línea |
| Reemplazo de un I-94 perdido o dañado (formulario I-102) | $560 + $24 |
| ESTA, para viajeros del Programa de Exención de Visas (solicitudes desde el 16 de octubre de 2026) | $40.62 ($10.62 si la deniegan) |
La parte de $24 del I-94 se revisa cada año con la inflación, pero para el año fiscal 2027 no ha cambiado: el total sigue en $30.

Qué es el I-94
El Formulario I-94 es el registro de llegada y salida de los visitantes no inmigrantes: turistas, estudiantes, trabajadores temporales y otros. Lo crea un oficial de CBP cuando te admite en el país e incluye:
- Tu nombre, fecha de nacimiento y número de pasaporte.
- La clase de admisión (por ejemplo, B-2 para turismo o F-1 para estudiantes).
- La fecha de entrada y la fecha hasta la que puedes quedarte (Admit Until Date). En algunas categorías, como los estudiantes, pone D/S (duration of status): puedes quedarte mientras mantengas tu estatus.
Desde 2013, el I-94 de quienes llegan en avión o barco es electrónico: ya no te dan un papel. A los turistas con visa B-2 normalmente se les admite por hasta 6 meses, y a los viajeros con ESTA, por hasta 90 días, pero el oficial puede darte menos.
Quién no necesita I-94: los ciudadanos estadounidenses, los residentes permanentes (con green card), quienes llegan con visa de inmigrante y la mayoría de los ciudadanos canadienses que vienen de visita. Tampoco los mexicanos con visa láser que se quedan en la zona fronteriza, como se explica abajo.
Cómo pedir el I-94 en la frontera terrestre
Si cruzas por tierra desde México o Canadá y necesitas I-94, tienes dos opciones:
- En línea, antes de cruzar (recomendado): entra en i94.cbp.dhs.gov, elige la solicitud de I-94 provisional, rellena tus datos y los del pasaporte y la visa, y paga los $30 con tarjeta. Tienes 7 días para presentarte en un puerto de entrada terrestre. Así te ahorras la fila del pago.
- En el puerto de entrada: pides el I-94 en la oficina de CBP y pagas allí.
En los dos casos, un oficial de CBP te hace preguntas, toma tus huellas y una foto y decide si te admite. Pagar el I-94 provisional no te garantiza la entrada.
Los mexicanos con visa láser en la zona fronteriza
Si eres mexicano y tienes la tarjeta de cruce fronterizo (la visa láser B1/B2), no necesitas I-94 cuando:
- Entras por tierra o mar desde México.
- Te quedas dentro de la zona fronteriza: hasta 25 millas de la frontera en California y Texas, 55 millas en Nuevo México y 75 millas en la zona de Tucson, en Arizona.
- Tu visita dura 30 días o menos.
Si vas más allá de esa zona (por ejemplo, a Houston, Dallas, Los Ángeles o Phoenix) o te quedas más de 30 días, necesitas el I-94.
Cómo consultar e imprimir tu I-94
En i94.cbp.dhs.gov, elige la opción para obtener el I-94 más reciente y escribe tus datos como aparecen en el pasaporte. Puedes:
- Ver y imprimir tu I-94. Te lo pedirán, por ejemplo, para algunos trámites de trabajo, de licencia de manejar o de inmigración.
- Ver tu historial de viajes de los últimos 10 años.
- Comprobar cuántos días te quedan de tu estancia autorizada.
Si ves un error en tu I-94 (en el nombre, la fecha o la categoría), pide la corrección a CBP en una oficina de Deferred Inspection o en el puerto de entrada. Si el error lo cometió USCIS, se corrige con el formulario I-102 sin pagar la tarifa principal.
Cómo extender o cambiar tu estatus
Si quieres quedarte más tiempo o cambiar de categoría (por ejemplo, de turista a estudiante), presenta el formulario I-539 a USCIS antes de que venza tu I-94. USCIS recomienda presentarlo al menos 45 días antes.
- Precio: $470 en papel o $420 en línea.
- Tienes que demostrar el motivo de la extensión, que puedes mantenerte y que piensas salir del país.
- Si lo presentas a tiempo, puedes seguir en el país mientras USCIS decide, aunque tu I-94 venza en ese tiempo.
- Quien entró con ESTA no puede pedir extensión ni cambio de estatus. Solo en una emergencia (por ejemplo, una hospitalización), CBP o USCIS pueden darle hasta 30 días más para salir.
Si tu I-94 se perdió, lo robaron o se dañó (en el caso de los de papel), o necesitas uno inicial en algunos casos, se pide con el formulario I-102: $560 más $24 del recargo de la ley HR-1.
Qué pasa si te quedas más tiempo
Quedarte después de la fecha de tu I-94 tiene consecuencias graves:
- Tu visa queda anulada automáticamente, aunque no haya vencido, y tendrás que pedir una nueva en el consulado de tu país.
- Si acumulas más de 180 días de presencia ilegal (pero menos de un año) y sales del país, no podrás volver en 3 años.
- Si acumulas un año o más, el castigo es de 10 años.
- Si entraste con ESTA, pierdes para siempre el derecho a viajar sin visa.
- Pueden iniciarte un proceso de deportación.
Si ya te pasaste de la fecha, consulta con un abogado de inmigración antes de salir del país o de hacer cualquier trámite. Mira también nuestra guía sobre cómo cambiar la visa de turista por la residencia.
El ESTA no es el I-94
Si eres ciudadano de un país del Programa de Exención de Visas (como España o Chile), necesitas el ESTA para viajar sin visa. Se pide en la web oficial de CBP, cuesta $40.62 para las solicitudes desde el 16 de octubre de 2026 y vale 2 años o hasta que venza tu pasaporte. El ESTA te permite subir al avión; al llegar, CBP crea tu I-94 con una estancia de hasta 90 días.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta el permiso I-94?
Si entras por la frontera terrestre, $30: $6 de la tarifa de siempre más $24 que añadió la ley HR-1, que se cobra desde el 30 de septiembre de 2025. La tarifa sigue en $30 en el año fiscal 2027. Si llegas en avión o barco, el I-94 se crea automáticamente y no pagas nada aparte.
¿Cómo saco el permiso I-94 en línea?
En la web oficial de CBP, i94.cbp.dhs.gov: rellenas tus datos y los del pasaporte, pagas los $30 y tienes 7 días para presentarte en un puerto de entrada terrestre. Allí un oficial de CBP te entrevista y decide si te admite. El permiso provisional no garantiza la entrada.
¿Cómo consulto mi I-94?
En i94.cbp.dhs.gov, en la opción para obtener el I-94 más reciente, con los datos de tu pasaporte. Ahí ves la fecha hasta la que puedes quedarte (Admit Until Date) y puedes imprimirlo. También puedes ver tu historial de entradas y salidas de los últimos 10 años.
¿Los mexicanos con visa láser necesitan el I-94?
No, si cruzan por tierra o mar desde México, se quedan dentro de la zona fronteriza (25 millas de la frontera, 55 en Nuevo México y 75 en la zona de Tucson, en Arizona) y no pasan de 30 días. Si van más lejos o se quedan más tiempo, necesitan el I-94.
¿Cómo extiendo mi I-94?
Con el formulario I-539 de USCIS, antes de que venza el I-94; USCIS recomienda presentarlo al menos 45 días antes. Cuesta $470 en papel o $420 en línea. Quien entró con el Programa de Exención de Visas (ESTA) no puede pedir extensión.
¿Qué pasa si me quedo más tiempo de lo que dice mi I-94?
Tu visa queda anulada y tendrás que pedir otra en tu país. Si acumulas más de 180 días de presencia ilegal y sales del país, no podrás volver en 3 años; si es un año o más, en 10 años. Si entraste con ESTA, además pierdes el derecho a viajar sin visa.



