
En este artículo
Respuesta rápida
- El Medi-Cal de emergencia (de "alcance restringido") cubre urgencias médicas, embarazo y parto, y residencias de mayores, sin importar tu situación migratoria, si cumples el límite de ingresos.
- Desde el 1 de enero de 2026, los adultos indocumentados de 19 años o más ya no pueden inscribirse por primera vez en el Medi-Cal completo: si lo solicitan, reciben el de emergencia.
- Quien ya tenía Medi-Cal completo lo conserva si renueva a tiempo; si lo pierde, tiene 3 meses para volver a inscribirse.
- Puedes pedirlo en el propio hospital (elegibilidad presunta), en línea en BenefitsCal.com, por teléfono o en la oficina de tu condado.
- Los niños y las embarazadas siguen teniendo Medi-Cal completo sin importar su estatus migratorio.
El Medi-Cal de emergencia cubre la atención de urgencias, el embarazo y el parto a cualquier persona que viva en California y cumpla el límite de ingresos, tenga o no papeles. Desde el 1 de enero de 2026 es además la única opción para los adultos indocumentados de 19 años o más que no tenían Medi-Cal, porque el estado cerró nuevas inscripciones al Medi-Cal completo para ellos. Puedes pedirlo en el propio hospital, en BenefitsCal.com o en la oficina de tu condado.
Información del Departamento de Servicios de Salud de California (DHCS) a octubre de 2026. Las reglas para inmigrantes están cambiando: comprueba siempre la información más reciente.
Qué cubre y qué no
| Cubre | No cubre |
|---|---|
| Urgencias y la hospitalización por una emergencia | Consultas con tu médico de cabecera |
| Embarazo, parto y atención después del parto | Medicinas para enfermedades crónicas fuera de una emergencia |
| Diálisis de emergencia y otros tratamientos que impiden un daño grave | Revisiones y análisis de rutina |
| Cuidados en una residencia de mayores | Dentista y vista de rutina |
Qué cambió en 2026 para los inmigrantes
| Fecha | Cambio | A quién afecta |
|---|---|---|
| 1 de enero de 2026 | Ya no se puede entrar por primera vez en el Medi-Cal completo; si lo solicitas y cumples los ingresos, recibes el de emergencia | Adultos de 19 años o más indocumentados o con estatus migratorio no satisfactorio |
| 1 de enero de 2026 | Vuelve el límite de bienes: $130,000 para una persona y $65,000 más por cada miembro del hogar | Todos los solicitantes que no son niños ni embarazadas |
| Próximamente | El Medi-Cal completo dejará de cubrir la atención dental no urgente | Adultos con estatus no satisfactorio que conservan el Medi-Cal completo |
| 1 de julio de 2027 | Prima de $30 al mes para seguir en el Medi-Cal completo | Adultos de 19 a 59 años con estatus no satisfactorio, que no estén embarazadas |
| 1 de julio de 2027 | El límite de bienes baja a $21,000 para una persona | Todos los afectados por el límite de bienes |
Si ya tienes Medi-Cal completo, no lo pierdas: renueva a tiempo y contesta todas las cartas de tu condado. Si se cancela, tienes 3 meses para volver a inscribirte; después, solo podrás tener el de emergencia.
Los niños menores de 19 años y las embarazadas siguen teniendo derecho al Medi-Cal completo, sin importar su estatus migratorio.
Requisitos
- Vivir en California.
- Cumplir el límite de ingresos: para la mayoría de adultos, el 138 % del nivel federal de pobreza, unos $1,835 al mes para una persona o $3,795 para una familia de cuatro en 2026. Calcula tu caso con nuestra tabla de ingresos para Medicaid.
- No superar el límite de bienes de $130,000 por persona (la casa donde vives y un carro no cuentan).
- Tener una emergencia médica, un embarazo o necesitar cuidados de larga duración.
No te pedirán número de Seguro Social para el Medi-Cal de emergencia si no tienes uno.

Cómo solicitarlo
En el hospital
Si llegas a urgencias sin seguro, pide en el hospital la elegibilidad presunta (Presumptive Eligibility): el hospital puede darte cobertura temporal de inmediato mientras se tramita tu solicitud. Los trabajadores sociales del hospital suelen ayudar con los papeles.
En línea, por teléfono o en persona
- En línea: en BenefitsCal.com, el portal de beneficios de California, también en español.
- Por teléfono o en persona: en la oficina de servicios sociales de tu condado.
- Por correo: con la solicitud de Medi-Cal que entrega tu condado.
Documentos que suelen pedir
- Identificación (pasaporte, matrícula consular, licencia de manejar o ID de California).
- Prueba de domicilio en California.
- Prueba de ingresos (talones de pago, carta del empleador o tu propia declaración si trabajas por cuenta propia).
- Prueba de embarazo, si es el caso.
Cobertura retroactiva: Medi-Cal puede pagar facturas médicas de hasta 3 meses antes de tu solicitud si ya cumplías los requisitos. Si recibiste una factura de urgencias, solicítalo cuanto antes.
¿Afecta a mi caso de inmigración?
Con la nueva regla de carga pública que rige desde el 18 de septiembre de 2026, el uso de Medicaid (en California, Medi-Cal) puede tenerse en cuenta en algunas solicitudes de residencia. Hay muchas personas exentas (refugiados, asilados, víctimas de violencia) y excepciones para la atención de emergencia. Consulta con un abogado de inmigración o una organización acreditada antes de dejar de pedir la atención médica que necesitas. Te lo explicamos en green card: los cambios de 2025 y 2026.
Otras ayudas si no calificas
- Clínicas comunitarias: atienden a todos y cobran según tus ingresos.
- Programas de ayuda con facturas del hospital: los hospitales sin fines de lucro tienen programas de atención benéfica (charity care). Te explicamos cómo pedirla en ayuda para pagar un bill del hospital.
- Seguros médicos en California: compara opciones en aseguranzas médicas en California y nuestra guía del seguro médico en Estados Unidos.
- Dentista: mira la aseguranza dental para indocumentados.
Preguntas frecuentes
¿Qué cubre el Medi-Cal de emergencia?
Cubre la atención de emergencia (urgencias y la hospitalización por una emergencia), la atención del embarazo y el parto, y los cuidados en residencias de mayores. No cubre consultas normales, medicinas del día a día ni atención dental de rutina.
¿Pueden los indocumentados recibir Medi-Cal en 2026?
Sí, pero con cambios. Desde el 1 de enero de 2026, los adultos indocumentados de 19 años o más que no estaban inscritos ya no pueden entrar en el Medi-Cal completo: si cumplen el límite de ingresos, reciben el Medi-Cal de emergencia. Quienes ya lo tenían lo conservan si renuevan a tiempo. Los menores de 19 y las embarazadas pueden tener Medi-Cal completo.
¿Cuál es el límite de ingresos para Medi-Cal?
Para la mayoría de adultos, el 138 % del nivel federal de pobreza: unos $1,835 al mes para una persona y $3,795 para una familia de cuatro en 2026. Los niños y las embarazadas tienen límites más altos. Además, desde 2026 vuelve a haber un límite de bienes de $130,000 para una persona.
¿Cómo solicito Medi-Cal de emergencia?
En el hospital, pide la elegibilidad presunta (Presumptive Eligibility) para que te cubran de inmediato. También puedes solicitarlo en línea en BenefitsCal.com, por teléfono o en persona en la oficina de servicios sociales de tu condado. Puedes pedirlo hasta 3 meses después de la atención para que cubra las facturas anteriores.
¿Usar Medi-Cal de emergencia afecta a mi caso de inmigración?
Con la regla de carga pública que rige desde el 18 de septiembre de 2026, el uso de Medicaid (Medi-Cal) puede tenerse en cuenta en algunas solicitudes de residencia. Muchas personas están exentas, como los refugiados y asilados, y hay excepciones para la atención de emergencia. Si te preocupa, consulta con un abogado de inmigración antes de dejar de pedir ayuda médica que necesitas.



