Como aplicar para desempleo en California

aplicar para desempleo en california
Escrito por: RealidadUSA
Publicado y actualizado:junio 12, 2024 @ 7:46 pm
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Categoría: Trabajo

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Requisitos para las prestaciones del seguro de desempleo de California

Esto es lo que necesita saber sobre el Seguro de Desempleo de California con el que debe familiarizarse para prepararse para la inminente recesión económica.

Perder el trabajo y, por tanto, los ingresos, puede ser difícil. En California, es posible que aún tenga derecho a las prestaciones por desempleo. Estás en tu derecho de luchar cuando se violan estos protocolos. También es posible que quieras dar un paso atrás y pensar si te han despedido legalmente en primer lugar.

¿Cómo solicitar el seguro de desempleo en California?

Podría tener derecho a una indemnización por desempleo si fue despedido en California debido a la epidemia de coronavirus o por cualquier otro motivo.

Los empleados que están temporalmente sin trabajo por causas ajenas a su voluntad pueden tener derecho a una indemnización por desempleo en California, como en cualquier otro estado. Sin embargo, las restricciones de calificación, los requisitos de ingresos anteriores, los niveles de beneficios y otros criterios difieren según el estado.

Requisitos para presentar la solicitud de desempleo en California

Para recibir las prestaciones de desempleo en California, debe cumplir tres requisitos:

  • Debe cumplir los requisitos de ingresos mínimos en el pasado.
  • De acuerdo con la ley de California, usted debe estar desempleado sin culpa.
  • Debe ser capaz, estar disponible y buscar un trabajo.

¿Tiene suficiente dinero para cumplir con el requisito del salario mínimo? Casi todos los estados se fijan en su historial de trabajo reciente y en sus salarios durante un año para calcular su derecho al desempleo. El período base en California, como en la mayoría de las jurisdicciones, suele estar dentro de los primeros cuatro de los cinco trimestres naturales completos desde que presentaste tu demanda de beneficios. Por ejemplo, el periodo base para una demanda presentada en julio de 2020 sería del 1 de abril de 2019 al 31 de marzo de 2020.

Debe haber ganado al menos durante el periodo base:

  • En su trimestre mejor pagado, gana 1.300 dólares.
  • 900 dólares en el trimestre mejor pagado y al menos 1,25 veces los ingresos del trimestre mejor pagado en todo el periodo base.

¿Está desempleado por causas ajenas a su voluntad? Para tener derecho a las prestaciones de desempleo, debe estar desempleado por causas ajenas a su voluntad. Esto indica que debe haber dejado su anterior puesto de trabajo por falta de oportunidades de empleo en la zona.

Obtener prestaciones de desempleo tras un despido. Cumplirá esta condición concreta si le despiden, si pierde su empleo en una reducción de plantilla (RIF) o si le “recortan” por motivos económicos.

Cómo recibir prestaciones de desempleo después de ser despedido

Deberías poder reclamar las prestaciones si te despidieron porque no tenías las aptitudes necesarias para desempeñar el trabajo o no eras apto para él. Es posible que no tengas derecho a las prestaciones por desempleo si te despiden por mala conducta. Sólo si los cuatro hechos siguientes son verdaderos, no podrías optar a las prestaciones de desempleo en California:

El empresario le debe una responsabilidad “material”.

  • Ha incumplido esa responsabilidad de forma significativa (en otras palabras, no la ha cumplido).
  • Una infracción leve o puntual no le impedirá obtener ayuda.
  • Su incumplimiento demostró un desprecio intencionado o gratuito de la tarea.
  • Dicho de otro modo, no fue simplemente descuidado o irreflexivo; incumplió deliberadamente el deber o mostró una indiferencia temeraria por las repercusiones de su incumplimiento. La ineficacia, la incapacidad para ejecutar el trabajo o los errores de juicio honestos no cumplen estos criterios y no le descalificarán para recibir las prestaciones de desempleo en California.
  • El incumplimiento del deber debe ser perjudicial para los intereses empresariales del empresario.

¿Podré cobrar la prestación por desempleo después de dejar un trabajo?

Si dejas tu trabajo por voluntad propia, no tendrás derecho a las prestaciones por desempleo a menos que tengas una razón válida para hacerlo, lo que significa que una persona razonable que realmente deseara un trabajo lo habría dejado en condiciones similares. Tendrías derecho a las prestaciones de desempleo si tuvieras una causa justificada relacionada con tu trabajo (como discriminación ilegal, acoso, condiciones de trabajo peligrosas o fraude del empresario). En este caso, debe haber tomado medidas razonables para rectificar el asunto antes de dimitir, lo que significa que debe haber discutido el problema con su empleador y haberle dado un plazo razonable para corregirlo antes de dimitir.

Supongamos que deja su trabajo por razones familiares o de salud imperiosas; por ejemplo, se enfrenta a la violencia doméstica, necesita trasladarse para estar con su cónyuge o necesita cuidar a un familiar gravemente enfermo. En ese caso, es casi seguro que se considerará que tiene una causa razonable para renunciar y podrá recibir la prestación por desempleo.

¿Estás disponible y buscas trabajo?

Para conservar sus prestaciones de desempleo, debe ser capaz de trabajar, estar dispuesto a aceptar un trabajo y buscarlo activamente. Debe aceptar un puesto adecuado si se lo ofrecen.

Normalmente, debe realizar una búsqueda de empleo razonable y demostrar que lo hizo (en su solicitud de prestaciones). Durante la epidemia de COVID-19, el EDD suspendió temporalmente este requisito de búsqueda activa. Debe llevar un registro de los empleadores con los que se ha puesto en contacto, las fechas en que lo hizo y los resultados obtenidos en todo momento. El EDD puede solicitar esta información.

Cuántas horas puedo trabajar para recibir desempleo en California

En California, para recibir beneficios de desempleo, se debe estar disponible y buscar activamente trabajo, y también cumplir con los requisitos de ingresos y horas trabajadas. Según la página del EDD (Employment Development Department), para ser elegible para beneficios de desempleo, el solicitante debe haber ganado al menos $1,300 en un trimestre y haber trabajado al menos 20 semanas en empleos cubiertos por el seguro de desempleo.

No hay un límite específico de horas que se deban trabajar para recibir beneficios de desempleo, pero el monto de los beneficios se basa en los ingresos reportados y la cantidad de semanas trabajadas en los trabajos cubiertos por el seguro de desempleo. Además, el solicitante debe cumplir con otros requisitos, como estar disponible para trabajar y buscar activamente trabajo mientras recibe los beneficios de desempleo (Fuente: EDD).

Cumplir con los requisitos de elegibilidad para el desempleo en California

Las personas que solicitan las prestaciones del seguro de desempleo (UI) de California deben cumplir unos requisitos específicos para poder recibirlas. Las personas deben:

  • Haber percibido un salario suficiente durante el período de base para establecer una reclamación.
  • Estar total o parcialmente desempleado.
  • Estar desempleado por causas ajenas a su voluntad.
  • Estar físicamente capacitado para trabajar.
  • Estar disponible para trabajar, lo que significa estar listo y dispuesto a aceptar el trabajo inmediatamente.
  • Estar buscando activamente trabajo.
  • Cumplir con los requisitos de elegibilidad cada semana que se soliciten las prestaciones.
  • Ser aprobado para la formación antes de que se puedan pagar las prestaciones de formación.

Razón por la que una persona está desempleada

La razón por la que una persona está sin trabajo puede afectar a su derecho a las prestaciones.

  • Una persona despedida se queda sin trabajo por causas ajenas a su voluntad.
  • Una persona que deja el trabajo o es despedida del mismo será citada a una entrevista telefónica porque hay un asunto de separación que debe ser resuelto.

Las personas deben cumplir los requisitos de elegibilidad cada semana que soliciten las prestaciones

Una persona debe ser:

  • Físicamente capaz de trabajar.
  • Disponible para trabajar.
  • Buscar activamente trabajo cada semana que se solicitan las prestaciones. leer más

Como llenar el formulario de desempleo en California

Para llenar el formulario de desempleo en California, también conocido como la solicitud del Seguro de Desempleo (UI), se puede hacer en línea a través del portal UI Online o en persona en una oficina del EDD (Employment Development Department). A continuación, se describen los pasos generales para llenar la solicitud en línea a través del portal UI Online:

  1. Crear una cuenta en el portal UI Online en la página del EDD.
  2. Acceder a la sección de “Presentar una nueva solicitud” y seguir las instrucciones para llenar la solicitud.
  3. Proporcionar información personal, incluyendo el nombre, dirección, número de Seguro Social, número de teléfono y dirección de correo electrónico.
  4. Proporcionar información sobre empleos anteriores, incluyendo los nombres de los empleadores, fechas de empleo, salarios y razones de la separación.
  5. Proporcionar información sobre la elegibilidad para otros programas, como el Seguro Social o el seguro de discapacidad del estado.
  6. Revisar y enviar la solicitud.

Es importante tener en cuenta que los detalles específicos de la solicitud pueden variar dependiendo de cada caso y que se recomienda revisar cuidadosamente las instrucciones y preguntas de la solicitud antes de llenarla. Además, si tiene preguntas o necesita ayuda para llenar la solicitud, puede comunicarse con el EDD a través de su línea telefónica de ayuda o visitar una oficina del EDD en persona.

¿Dónde puedo presentar mi solicitud?

Oficina de desempleo de California

El Departamento de Desarrollo del Empleo cuenta con una red de oficinas de desempleo de California que pueden ayudarle en persona. Para encontrar las oficinas de desempleo de California más cercanas a usted, visite nuestra útil guía.

Para obtener asistencia por correo en materia de desempleo en California, póngase en contacto con el departamento correspondiente en función de la naturaleza de su consulta:

Seguro de desempleo

Departamento de Desarrollo del Empleo

Apartado de correos 826880 – UIPCD, MIC 40

Sacramento, CA 94280-0001

Seguro de invalidez o permiso familiar retribuido

Departamento de Desarrollo del Empleo

Apartado de correos 826880 – DICO, MIC 29

Sacramento, CA 94280-0001

Subdivisión de Servicios de la Fuerza de Trabajo

Departamento de Desarrollo del Empleo

Unidad de Atención al Cliente

Apartado de correos 826880, MIC 69

Sacramento, CA 94280-0001

División de Información del Mercado Laboral

Departamento de Desarrollo del Empleo

Apartado de correos 826880, MIC 57

Sacramento, CA 94280-0001

Asistencia fiscal: Empresarios – Correspondencia general

Departamento de Desarrollo del Empleo

Centro de Asistencia al Contribuyente

Apartado de correos 826880

Sacramento, CA 94280-0001

Preguntas o comentarios generales

Departamento de Desarrollo del Empleo

APARTADO DE CORREOS 826880, MIC 83

Sacramento, CA 94280-0001

Reclamaciones sobre el acceso a las lenguas

Oficina de Igualdad de Oportunidades en el Empleo

APARTADO DE CORREOS 826880, MIC 49

Sacramento, CA 94280-0001

Números de teléfono del desempleo en California

El teléfono del Departamento de Desarrollo del Empleo es el 1-866-333-4606.

El EDD también ofrece asistencia en muchas otras lenguas:

  • Inglés 1-800-300-5616
  • Cantonés 1-800-547-3506
  • Mandarín 1-866-303-0706
  • Español 1-800-326-8937
  • Vietnamita 1-800-547-2058
  • TTY (sin voz) 1-800-815-9387

Visite las listas de contactos del EDD para conocer los números específicos de desempleo de California.

¿Cuáles son los requisitos para tener derecho a las prestaciones de desempleo en California?

Para poder recibir las prestaciones del Seguro de Desempleo, debe cumplir los siguientes requisitos de elegibilidad para el desempleo en California:

  • Debe hacer un esfuerzo razonable para encontrar un trabajo adecuado a tiempo completo. Para justificar su solicitud de desempleo en California, debe mantener un registro de las fechas de búsqueda de trabajo, contactos y otros esfuerzos pertinentes para validar su solicitud. Como parte de su búsqueda de trabajo, debe registrarse en los Servicios de Fuerza Laboral del EDD, CalJOBS.
  • Si encuentra un trabajo a tiempo parcial, debe seguir buscando un trabajo a tiempo completo para seguir teniendo derecho a recibir las prestaciones.
  • Si estás afiliado a un sindicato, tienes que cumplir los requisitos de tu sindicato para registrarte como desempleado, y debes seguir esforzándote por encontrar un trabajo a tiempo completo. También debes mantenerte al día con tu sindicato para que te envíen cuando haya trabajo disponible.
  • Si vive fuera de California o si se muda fuera del estado mientras está cobrando las prestaciones, debe registrarse en la agencia de empleo de su nuevo estado y seguir los requisitos de ese estado para realizar una búsqueda de empleo. Si no se pone en contacto con la agencia de empleo de su nuevo estado y se registra en ella inmediatamente, sus prestaciones podrían retrasarse o perderse.
  • Debe haber ganado al menos 1.300 dólares en un trimestre de su periodo base o al menos 900 dólares en su trimestre más alto y un total de ganancias del periodo base de 1,25 veces sus ganancias del trimestre más alto. Si no tiene suficientes ingresos para establecer una reclamación, se le denegarán las prestaciones.
  • Los salarios que ya se han utilizado para determinar la cuantía de las prestaciones de desempleo de California que deben pagarse en una solicitud no pueden volver a utilizarse para presentar otra solicitud.
  • Tendrá que cumplir un periodo de espera de una semana sin cobrar. Esto suele ocurrir la primera semana en la que presenta una solicitud de desempleo en California. Para cumplir con el período de espera y así ser elegible para los beneficios en las semanas siguientes, puede certificar para los beneficios utilizando EDD Web-Cert, EDD Tele-Cert, o presentar un papel Formulario de Reclamación Continua #DE4581CTO.
  • Debe seguir certificando que tiene derecho a recibir prestaciones a intervalos regulares mientras esté desempleado. Además de los métodos mencionados anteriormente, también puede acceder al sitio web del EDD o llamar al número de autoservicio 1-866-333-4606. Si no certifica las prestaciones a tiempo, éstas pueden retrasarse. Si no certifica los beneficios dentro de los 14 días posteriores a la última fecha de pago, puede perder sus beneficios.

Los empleados de California están protegidos contra los despidos

Los empleados de California y de los Estados Unidos tienen derecho a ser notificados de un despido en virtud de la Ley de Ajuste y Reconversión Laboral (WARN).

Los empleados de California tienen derechos específicos si su empresa se reduce, realiza un despido masivo, cierra una instalación o elimina de alguna manera un número significativo de empleados. Los empleados no tienen derecho legal a conservar sus puestos de trabajo, ni a ser contratados en otras funciones dentro de la empresa o a ser considerados para una nueva contratación. Cuando las cosas van mal, los empresarios no tienen prohibido despedir a los empleados.

Sin embargo, los empleados tienen derecho a ser avisados con antelación antes del cierre de una planta o de un despido a gran escala. Los empleados tienen derecho a recibir una indemnización por daños y perjuicios si su empresa no les avisa con la suficiente antelación.

Los empleados tienen estos derechos en virtud de la ley federal de notificación de ajuste y readaptación profesional (WARN). California es uno de los casi la mitad de los estados con leyes similares. La legislación californiana amplía las empresas y los empleados que tienen derecho a un aviso anticipado de despido, aunque no va tan lejos como algunos estados, que exigen a las empresas una indemnización nominal o la continuación de la cobertura sanitaria tras un despido.

Empresas que están cubiertas. El WARN y el mini-WARN de California obligan a algunas empresas grandes a notificar a los empleados con antelación los despidos masivos o los cierres de plantas que supondrán la pérdida de un número o porcentaje determinado de empleados.

Despidos cubiertos. Un despido masivo sería una disminución de la plantilla que suponga la pérdida de 500 o más empleados a tiempo completo en un único lugar de trabajo, o de 50 a 499 empleados a tiempo completo si el número de empleados despedidos representa al menos el 33% de la plantilla activa del empresario.

  • Las leyes federales y estatales no cubren todos los despidos o cierres de plantas.
  • Ley WARN de Estados Unidos
  • Sólo los cierres de plantas y los despidos masivos están cubiertos por WARN.

Un cierre de planta se produce cuando un único lugar de trabajo, o al menos una instalación o una unidad operativa dentro de un único lugar de trabajo, cierra, lo que supone la pérdida de 50 o más empleados a tiempo completo a lo largo de 30 días. Un único lugar de trabajo es una ubicación física donde un empleador lleva a cabo sus actividades, como un edificio, un conjunto de oficinas o un grupo de edificios que conforman un campus o un parque industrial. Incluso los lugares de trabajo físicamente independientes que están algo cerca, se utilizan para el mismo fin y comparten el mismo personal y equipo pueden considerarse un único lugar de trabajo.

Los cierres de plantas o los despidos masivos que se producen en fases de más de 90 días también están cubiertos por WARN. Esta norma prohíbe a las empresas eludir los requisitos de notificación de WARN despidiendo a los trabajadores en incrementos modestos a lo largo del tiempo.

La Ley Mini-WARN en California

La mini ley WARN de California cubre las siguientes condiciones:

  • Un despido masivo se produce cuando al menos 50 empleados pierden su empleo en 30 días.
  • El cierre de una operación manufacturera o comercial que emplee al menos a 75 personas.
  • Traslado de al menos 75 personas de una empresa industrial o comercial a un lugar situado a un mínimo de 100 millas.

El aviso es obligatorio

Los empleados que pierden su empleo tienen derecho a recibir un preaviso de 60 días si el despido o el cierre de la planta están cubiertos por WARN o el mini-WARN de California. (Los miembros del sindicato no necesitan ser notificados individualmente; en su lugar, el empresario debe ponerse en contacto con sus representantes en la negociación, que están obligados a informar a los empleados afectados).

Según la legislación federal y la de California, la notificación requerida es la misma. Debe ofrecer detalles específicos sobre los despidos propuestos, tales como si serán temporales o permanentes, la fecha prevista de inicio de los despidos cuando el empleado recibiría un aviso de despido, y si el empleado tendrá derecho a privilegios de desplazamiento.

Excepciones a los requisitos de WARN

A veces, el empresario no está obligado a notificar nada o puede hacerlo con menos de 60 días de antelación.

Cuando no es necesario avisar

El WARN y el mini-WARN de California no se aplican a los empleados temporales o de temporada ni a los proyectos temporales terminados, siempre que los empleados sean conscientes del carácter transitorio del trabajo cuando lo contratan.

Si las pérdidas de empleo fueron causadas por una catástrofe natural o un acto de guerra, un empleador no está obligado a dar la notificación según la ley de California. En virtud de la ley estatal, un empresario también está exento de dar la notificación si la empresa buscó activamente financiación cuando se requería la notificación para evitar o posponer las pérdidas de empleo. Sólo los cierres y traslados de plantas están exentos de esta norma.

Según la ley federal, WARN no se aplica si una planta cierra o se produce un despido masivo debido a una huelga sindical o un cierre patronal.

Permitir un periodo de notificación más corto

Las únicas excepciones reconocidas en la miniley WARN de California son las mencionadas anteriormente. Los empleadores pueden cumplir con la ley WARN avisando con la mayor antelación posible (aunque sea menos de 60 días) en un determinado supuesto de la ley federal WARN.

Supongamos que un empresario se acoge a una de estas excepciones. En ese caso, debe avisar con la mayor antelación posible y explicar por qué no ha podido dar los 60 días que serían necesarios (como parte del requisito de notificación por escrito).

Condiciones empresariales imprevisibles

Se permite un plazo de preaviso más corto si las circunstancias empresariales que han provocado el cierre de la planta o el despido no eran razonablemente previsibles en el momento en que el empresario debería haber dado el preaviso de 60 días.

Empresa poco fiable

Si la empresa tiene dificultades financieras en ese momento, debería haber avisado con 60 días de antelación; puede conceder un plazo de preaviso más corto. La empresa debe demostrar que estaba buscando activamente negocios o dinero que le hubieran permitido posponer o evitar el cierre de la planta. De buena fe, el preaviso de 60 días le habría impedido obtener los negocios o el dinero necesarios. Esta exención sólo se aplica a los cierres de plantas y no a los despidos masivos.

Calamidades naturales

El empresario está autorizado a ofrecer un preaviso inferior a 60 días si una catástrofe natural provoca un despido o el cierre de una fábrica.

Daños y perjuicios por las infracciones de WARN y Mini-WARN en California

Un empresario que infrinja las leyes federales o estatales de WARN puede verse obligado a indemnizar a todos los trabajadores afectados por todos los salarios y prestaciones perdidos durante el periodo de infracción, hasta los 60 días completos exigidos por WARN. A esta cantidad hay que restarle los salarios o indemnizaciones por despido que el empresario haya abonado voluntariamente durante ese tiempo. Los trabajadores tendrían derecho a 20 días de salario y prestaciones si el empresario debería haberles avisado con 60 días de antelación pero sólo les dio 40, siempre que la empresa les pague la indemnización por el periodo extra.

Los empleadores también pueden ser responsables de los honorarios de los abogados y de las costas judiciales de los empleados afectados que litiguen con éxito. Los empleadores que no proporcionan una notificación suficiente pueden ser multados, pero el dinero va al estado y no a los empleados.

Tabla de beneficios del seguro de desempleo en California

Utilice la tabla de prestaciones de desempleo. Para conocer la cuantía exacta de las prestaciones que puede esperar, tendrá que consultar la tabla oficial del Departamento de Desarrollo del Empleo. Esta tabla utiliza los ingresos trimestrales más elevados para ayudarle a encontrar el importe previsto de la prestación semanal.

  • En este enlace, http://www.edd.ca.gov/pdf_pub_ctr/de1101bt5.pdf, para encontrar la tabla.
  • Tendrá que saber el importe más alto de los salarios que ha percibido y en qué trimestre lo ha hecho.
  • Consulte la tabla, buscando su salario más alto ganado.
  • Una vez que encuentre su salario más alto, la tabla lo relacionará con el importe de su prestación semanal.

¿Puedo usar el seguro social de mi hijo para trabajar en California?

No se permite el uso del número de Seguro Social (SSN) de un menor de edad para trabajar en California. Según la página de la Administración del Seguro Social de los Estados Unidos (SSA), el SSN es un número único que se otorga a las personas para fines de seguimiento de los ingresos y los beneficios de Seguridad Social, y no se debe compartir con nadie más.

El SSN de un menor de edad solo se debe usar para fines legales, como para solicitar beneficios gubernamentales, presentar declaraciones de impuestos o abrir una cuenta bancaria a nombre del menor . Si una persona utiliza el SSN de un menor de edad para trabajar, puede estar cometiendo un delito de fraude y enfrentar consecuencias legales graves.

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